domingo, 2 de noviembre de 2014

Asesorias - calendario resumído y algunos pagos

Saber en general que es lo que tenemos que hacer es importante a la hora de tomar decisiones.
Nos preparamos para los plazos y luego actuamos para no encontrarnos con sorpresas.


Autónomo


Tenemos dos modalidades a la hora de declarar a hacienda


1-"por estimación directa" (de acuerdo a los gastos, estos varían cada trimestre en consecuencia pagaras mas o menos, o al dar negativo nada)


2-"por módulos" (se hace una estimación de lo que vas a ganar y de acuerdo a ello se sacan unos gastos, en esta modalidad pagas los mismo siempre que te mantengas en los varemos establecidos, lo mismo, trabajes o no)(pago de acuerdo a tu actividad y a lo que tengas, local, vehículos, etc. algunos casos que conoci pagaban unos 1050 al mes como base a partir de ahí lo que te diga el asesor, y si, mensual. Pero pago al trimestre)




Teniendo ya decidido esto, presentamos o no facturas, para desgravar.Trimestral y anual.


1 - Cada tres meses realizamos una presentación de papeles a hacienda, normalmente se clasifican en 1,2,3 y 4 trimestre, en ello declaramos ganancias y gastos, así como retenciones como por ejemplo del alquiler, leasing, etc. Presentamos todas las facturas de gastos, a nuestro nombre o por el nombre con el que trabajamos, eso si es importante mantener siempre el NIF o CIF, y tratar de que el i.v.a. venga siempre desglosado.
2 - Declaración anual, se realiza en enero, es cuando se presentan las cuentas y es lo mismo que lo anterior pero englobando los trimestres.
3 - declaración de la renta, esto como siempre, generalmente en junio, da lo mismo, que seas particular, empresa o autónomo. Lo importante: estas obligado como empresa a realizarlo, aunque no ganes nada.


S.S. (seguridad social)mensual


Todos los meses, un autónomo paga aprox. 287 euros, tienes la opción de aumentar tu cotización (lo que quieras, hay tablas) o optar a tener paro (es opcional suma unos 50 euros al mes)
empleados, esto es general a partir de 450 euros, todo depende de la jornada, convenio, tipo de contrato, etc.


Retenciones


Como dije en el punto 1, también tenemos que reflejar las retenciones, esto es que los impuestos que tienen que pagar otras personas como los empleados o los dueños de los inmuebles que alquilamos, hacienda descarga por decirlo de alguna forma la responsabilidad del cobro de los impuestos que le corresponde a ellos, para que nosotros no se lo paguemos y se lo demos directamente a hacienda.
Cuando alquilaba un inmuebles tenia que tener en cuenta el coste, por ejemplo 500 euros, de ahí tenia que retener un 23 % pero por otro lado le tenia que pagar el i.v.a. el 21%, asi que pagaba un poco menos 485 euros aprox. eso si después tenia que devolver ese dinero en el trimestre.
Si no lo hacia, SANCIÓN.
(es la palabra que mas le gusta a la administración, me sorprendía cada vez porque tenia la sensación cada vez que tratabas con ellos de que la efectividad no era por lo que destacaban)

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